Puede inscribirse en este programa de salud cualquier persona trans afiliada a la Obra Social ISSN, quien deberá presentar en la Casa de la Prevención o delegación más cercana la solicitud de ingreso firmada por su médico.
En el caso de requerir tratamiento de hormonización, y ser menor a 16 años, deberá además firmar el COSENTIMIENTO INFORMADO por sus padres, tutores o autoridad judicial.
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Solicitud de Ingreso |
-Consultas médicas (5 por año al 100%).
-Exámenes de laboratorio.
-Prestaciones Farmacéuticas/ Tratamiento de hormonización (estrógenos, anti andrógenos, testosterona al 100%).
-Módulo quirúrgico (cirugías de modificación corporal para mayores de 18 años).
A través de la sanción de la Ley Nacional de Identidad de Género N°26.743 (año 2012) y la reglamentación del artículo N°11 (año 2015); el Sistema Público de Salud, las Obras Sociales y Prepagas deberán garantizar el derecho a la salud integral de las personas trans.
Todas las prestaciones de salud contempladas en la Ley estarán incluidas en el Plan Médico Obligatorio (PMO); reconociendo a las personas trans como sujetos activos de derecho, especialmente en lo que respecta a sus decisiones